Dejas de cobrar una nómina. Empiezas a cobrar una pensión.
A lo mejor ya sabes más o menos cuánto vas a cobrar, y a lo mejor no tienes ni idea. Da igual: aquí te decimos dónde te dan tu cifra, y luego hacemos la cuenta que casi nadie hace, la del mes siguiente.
Cambia el ingreso.
Y cambian cuatro cosas más.
La pensión no es una nómina más pequeña: es otro ingreso, con otras reglas. Estas son las que se notan en el mes.
Ese descuento que veías cada mes en la nómina desaparece. Por eso comparar tu bruto de antes con tu pensión no dice nada: hay que comparar lo que te llegaba a la cuenta con lo que te va a llegar.
La pensión tributa como rendimiento del trabajo, igual que el sueldo: lo dice el artículo 17 de la ley del IRPF. La Seguridad Social te retiene una parte antes de pagarte, así que la cifra que te dan los simuladores oficiales suele ser bruta y lo que te interesa para estas cuentas es la neta.
Tu pensión de jubilación se cobra en catorce veces: doce meses normales y dos pagas extra, una en junio y otra en noviembre (artículo 46 de la Ley General de la Seguridad Social). O sea que hay dos meses al año en los que entra el doble.
Si en tu trabajo cobrabas las extras repartidas mes a mes, esto te va a descolocar el año. Lo que entra un mes normal es menos de lo que sale de dividir el total entre doce. Cuenta con catorce, no con doce.
Desde la Ley 21/2021, las pensiones se actualizan al empezar el año según la inflación media de los doce meses anteriores a diciembre. Y si esa media saliera negativa, la pensión no baja. Es la regla que hoy está escrita en el artículo 58 de la Ley General de la Seguridad Social.
Tu cifra la tiene la Seguridad Social.
Aquí se hacen las cuentas.
Finbase no calcula tu pensión, y no lo va a hacer: depende de tus años cotizados, de tus bases y de tu edad de jubilación, y esos datos los tiene la Seguridad Social. Por eso más abajo la pensión se pide como dato en vez de estimarla.
El salto.
Cuánto baja y qué te queda.
Las cifras que ves son un ejemplo. Mueve los tres deslizadores y pasan a ser las tuyas. Sin registro, sin email.
No hay que registrarse ni dejar el correo. Nada de lo que escribas sale de aquí.
Tus tres cifras
¿Qué pongo aquí?
Lo neto: lo que ves entrar en la cuenta, no el bruto del contrato.
¿Qué pongo aquí?
Ponla también neta, lo que esperas ver en la cuenta. Los simuladores oficiales suelen darte la cifra bruta, y de ahí todavía sale el IRPF.
¿Qué pongo aquí?
Hipoteca o alquiler, luz, agua, comunidad, seguros, teléfono, préstamos: lo que sale del banco pase lo que pase.
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Esta cuenta usa las tres cifras que le das y nada más. No calcula tu pensión, no aplica IRPF y no reparte las dos pagas extra, así que el año no es exactamente doce veces el mes. Tampoco sabe si tienes pensión de viudedad, un plan de empresa o ingresos por alquiler. Es una cuenta para orientarte, no un consejo personalizado.
El ingreso baja de golpe.
Los gastos se mueven despacio.
Algunos desaparecen el primer mes. Otros tardan un año en aparecer. Aquí no hay porcentajes: son tus recibos, y esta lista está para que los busques.
Gasolina, peajes, abono de transporte, el menú del mediodía, los cafés, la ropa. Nunca aparecían juntos en ningún sitio, así que cuesta ver cuánto eran. Súmalos una vez y te sorprenderá.
La cotización a la Seguridad Social desaparece de tu bolsillo. Si eras autónomo, también la cuota mensual, y con ella el seguro de responsabilidad, la gestoría y las herramientas que pagabas para trabajar.
Calefacción y aire, luz, agua caliente, la compra que antes se hacía fuera. Es el gasto que más gente olvida al hacer sus números, porque no llega en forma de factura nueva: llega como la de siempre pero más alta.
Viajes, aficiones, planes con la familia, comidas con gente. Y por otro lado dentista, gafas, fisioterapia o farmacia, que no siempre entran por la sanidad pública. No es una advertencia: es que ahora tienes tiempo, y el tiempo se gasta.
Si sale hueco, se toca por este orden.
Empieza por lo que depende de ti y termina en lo que hay que preguntar fuera. Ninguno de estos pasos es una recomendación de producto.
Es lo único que puedes cambiar esta semana. Saca los recibos de los últimos tres meses y revísalos: seguros que se renovaron solos, suscripciones que ya no usas, comisiones de la cuenta o de la tarjeta. Puedes pedir a tu entidad el detalle de lo que te cobra y por qué concepto.
Con un ingreso más bajo, un imprevisto pesa más. La referencia habitual es tener guardado el equivalente a entre tres y seis meses de gastos, en una cuenta de la que puedas sacarlo mañana mismo. Cuánto es en tu caso lo calculas en Quiero empezar a ahorrar.
La Ley General de la Seguridad Social prevé otras formas de llegar a la jubilación. Si la retrasas más allá de tu edad ordinaria, te corresponde un complemento económico, siempre que al cumplirla ya tuvieras el periodo mínimo cotizado. Lo dice su artículo 210.2. Y la jubilación activa te deja cobrar la pensión y seguir trabajando, en su artículo 214. Las dos cambian tu cifra, y cuánto la cambian te lo dice la Seguridad Social con tus datos delante.
Es habitual que al llevar la pensión a una entidad te propongan contratar algo más. Antes de firmar, pregunta el TIN, la TAE, todas las comisiones y si te obligan a contratar otros productos junto al principal: la normativa de transparencia obliga a la entidad a explicártelo con claridad. Aquí no te vamos a decir qué contratar.
Lo que esta página no hace.
Para que sepas exactamente dónde termina lo de aquí y dónde empieza lo que hay que preguntar en otro sitio.
Ni la fecha en la que te puedes jubilar, ni el importe, ni cómo te afecta un año más cotizado. Eso sale de tus bases y de tu vida laboral, y lo hace la Seguridad Social.
Si el año en que te jubilas has cobrado de la empresa y de la Seguridad Social, tienes dos pagadores, y eso puede cambiar el umbral a partir del cual estás obligado a declarar. Lo básico está en La declaración de la renta; lo tuyo, en la Agencia Tributaria.
Jubilación parcial, anticipada o activa, pensión de viudedad, complementos, convenio especial, planes de empresa, herencias o ingresos por alquiler. Cada uno cambia las cuentas y ninguno cabe en tres deslizadores.
Aquí no vas a encontrar un producto sugerido, ni una entidad, ni un plan de pensiones. Esto es información para que hagas tus cuentas y llegues preparado a la conversación, no asesoramiento personalizado.
¿En qué momento estás tú?
Elige lo que te está pasando ahora mismo.
Mi primer sueldo
Cobras 1.800€ pero solo ves 1.478€.
No me llega a fin de mes
El café de 2€ al día son 730€ al año.
Quiero irme de casa
Independizarte cuesta más de lo que crees.
Me quiero comprar un coche
Un coche financiado puede costarte mucho más.
Me ofrecen una tarjeta de crédito
La tarjeta no es dinero extra. Es dinero futuro.
Quiero empezar a ahorrar
Un sistema para tu dinero, hagas los números que hagas.
Quiero que mi dinero crezca
Empezar a los 25 gana a empezar a los 35.
La declaración de la renta
No es tan difícil. Y puede que te devuelvan.
Hacerme autónomo
Facturar 2.000€ no es ganar 2.000€. Ni de lejos.
Quiero comprar un piso
No es solo la entrada: añade impuestos y gastos.
Dinero en pareja
El dinero genera muchas discusiones.
Pensando en el futuro
Cada año que pasa, alcanzar lo mismo cuesta más.
Mi banco está en el móvil
Lo que puedes exigir y lo que puedes pedir.
Un cargo que no reconozco
La prueba la tiene el banco, no tú.
El dinero de mis padres
Autorizado, cotitular o poder: no es lo mismo.
Me jubilo este año
Tu mes cambia. Toca hacer las cuentas.
De dónde sale esto
Todo lo que te contamos aquí se apoya en fuentes oficiales, y te dejamos el enlace.
- Seguridad Social — calculadoras de jubilación el simulador con tus datos y el autocálculo: es quien da el importe de tu pensión, que aquí se pide como dato
- Ley 21/2021, de garantía del poder adquisitivo de las pensiones reescribió el artículo 58 de la Ley General de la Seguridad Social: las pensiones se actualizan al empezar cada año con la inflación media de los doce meses previos a diciembre, y si esa media es negativa no bajan
- Ley General de la Seguridad Social, texto consolidado artículo 46: las pensiones contributivas se pagan en catorce veces, con extras en junio y noviembre. Artículo 210.2: complemento por retrasar la jubilación. Artículo 214: pensión de jubilación activa
- Ley 35/2006, del IRPF artículo 17.2.a): las pensiones de los regímenes públicos de la Seguridad Social son rendimientos del trabajo, y por eso llevan retención
- Compendio de Buenas Prácticas Bancarias capítulo 2: cuentas y comisiones, y qué te tiene que explicar la entidad sobre lo que te cobra
- Banco de España — análisis de la Encuesta de Competencias Financieras sitúa a los mayores de 65 años entre los colectivos prioritarios y cita la planificación de la jubilación como uno de los momentos oportunos para enseñar
- Plan de Educación Financiera iniciativa de la CNMV, el Banco de España y el Ministerio de Economía, que tomamos como referencia