Fraude

Hay un cargo
que tú no has hecho.
No te toca a ti probarlo.

Mucha gente lo deja pasar porque cree que tiene que demostrar su inocencia. La ley lo pone al revés: probar que hubo fraude tuyo le corresponde al banco.

Unas manos sobre el teclado de un portátil con la pantalla de acceso al banco abierta
Avisa hoy 0 € de lo que pase a partir del aviso
Antes de empezar

Te llaman y en la pantalla del móvil aparece el número de tu banco. ¿Qué demuestra eso?

01

Quién tiene que probar
qué pasó.

Todo esto sale del Real Decreto-ley 19/2018, de servicios de pago. Es una norma con rango de ley: se puede exigir.

Si dices que tú no autorizaste ese pago, le corresponde al banco demostrar que la operación fue autenticada, registrada con exactitud y contabilizada, y que no hubo un fallo técnico suyo. Artículo 44.1.
Que la tarjeta se usó no demuestra que la usaras tú. El artículo 44.2 lo dice con estas palabras: el registro de la utilización del instrumento de pago «no bastará, necesariamente, para demostrar que la operación de pago fue autorizada».
Y la frase que más cambia las cosas. Artículo 44.3: «Corresponderá al proveedor de servicios de pago […] probar que el usuario del servicio de pago cometió fraude o negligencia grave». Probarlo es cosa suya, no tuya.
La devolución tiene su propio reloj. Ante una operación no autorizada, el banco devuelve el importe «de inmediato y, en cualquier caso, a más tardar al final del día hábil siguiente» a que se lo notifiques. Puede parar ese plazo si sospecha fraude, y entonces tiene que comunicarlo por escrito al Banco de España. Artículo 45.1.
02

Lo máximo que puedes
acabar poniendo tú.

Si te roban la tarjeta o el móvil y hacen pagos con ellos, la ley pone un tope a lo que tú soportas. Y tiene tres rebajas que conviene conocer, porque en la práctica se aplican mucho.

El tope general son 50 €. Es lo que puedes quedar obligado a soportar por los pagos hechos con una tarjeta extraviada, sustraída o cogida por otro. Artículo 46.1.
Cero si no te pidieron autenticación reforzada. Si el banco no exige esa doble comprobación —el código del móvil, la huella, la cara—, solo respondes en caso de haber actuado tú de forma fraudulenta. Artículo 46.2.
Cero si solo usaron lo impreso en la tarjeta. Compras a distancia hechas únicamente con los datos impresos en la propia tarjeta. Tampoco pagas nada si no había forma de que te dieras cuenta de la pérdida antes del cargo, ni si el fallo vino de un empleado o una oficina de tu banco (art. 46.1): quedas exento, salvo fraude o negligencia grave tuyos, y avisando sin demora. Artículo 46.1.
Cero por todo lo que pase después de avisar. Artículo 46.3. Por eso avisar es lo primero: corta ahí mismo lo que puede cargarse a tu cuenta.
Lo que pones tú
Como mucho50 €
Como mucho0 €
Como mucho0 €

Hay una excepción y es importante decirla: quien actúa de forma fraudulenta, o incumple sus obligaciones de custodia con negligencia grave, soporta todas las pérdidas y pierde el tope de los 50 €. Es el segundo párrafo del artículo 46.1. Probar que se dio ese caso le corresponde al banco, por el artículo 44.3.

03

Tres cosas que delatan
a un estafador.

El estafador no entra por la puerta del banco. Entra por tu móvil, y lo hace pareciéndose a tu banco todo lo que puede.

Te piden las claves

El Banco de España lo dice con esta frase en su Portal del Cliente Bancario: «Tu banco nunca te pedirá por correo electrónico ni por SMS que facilites tus claves de acceso a la banca electrónica o los datos de tus tarjetas de crédito». Si te las piden, ya sabes quién está al otro lado.

El número de la pantalla no prueba nada

Se puede falsificar el identificador de llamada, así que en tu móvil puede aparecer el número o el nombre de tu banco aunque llame otra persona. INCIBE lo explica y da la regla: cuelga y llama tú al número oficial. En el dorso de tu tarjeta lo tienes escrito.

Te meten prisa

Tu cuenta bloqueada, un cargo raro que hay que anular ahora mismo, un mensajero que llega en diez minutos. La urgencia es la herramienta: sirve para que no te dé tiempo a comprobarlo. Cuelga, respira y comprueba. Nada que sea de verdad tuyo se pierde por tardar cinco minutos.

04

El reloj de tu reclamación.

Pon la fecha del cargo y te decimos en qué plazo estás y qué pasa en cada paso, con su fecha. Sin registro, sin email.

Tu cargo

Es la fecha del apunte en tu cuenta o en el extracto de la tarjeta, la que la ley llama «fecha del adeudo». Si dudas entre dos días, pon el más antiguo.

La fecha no sale de tu navegador. No la guardamos ni la enviamos a ningún servidor.

Desde que avisas, tú pones 0 €
Pon la fecha del cargo y te digo hasta cuándo puedes reclamarlo y qué pasa en cada paso.
Último día para reclamar
Lo que queda de plazo

El plazo de trece meses

Ya ha pasado Te queda

Paso 1. Avisas a tu banco

Hoy mismo. Desde el momento en que avisas, lo que se cargue después no lo pagas tú.

Paso 2. El banco te contesta

Paso 3. Si no hay acuerdo

Un apunte honesto sobre el paso 3: el informe del servicio de reclamaciones no es vinculante, y así lo dice el artículo 12.6 de la Orden ECC/2502/2012. Lo que hace es dejar por escrito, y motivado, si tu entidad se ajustó o no a la norma y a las buenas prácticas. Eso te sirve para volver a hablar con ella y para lo que decidas hacer después.

Los plazos que ves son los que marcan las normas enlazadas abajo, calculados de fecha a fecha. En los días hábiles descontamos sábados y domingos: los festivos de tu ciudad pueden correr esa fecha unos días. Esto es información para orientarte, no asesoramiento personalizado ni un dictamen sobre tu caso. Tu banco y, si hace falta, un profesional son quienes pueden decirte qué procede en tu situación.

05

A quién llamas,
y para qué sirve cada uno.

Primero tu banco, siempre. Estos vienen después, y son gratuitos.

017 · Ayuda en ciberseguridad

La línea de INCIBE. Te explican qué ha pasado y qué hacer ahora, paso a paso. Gratuita, todos los días de 8:00 a 23:00. También atienden por WhatsApp en el 900 116 117.

091 y 062 · Denuncia

Policía Nacional y Guardia Civil. La denuncia es un papel que acredita lo que pasó y con qué fecha, y suele pedirse cuando hay dinero de por medio. Llévate los movimientos y los mensajes que recibiste.

900 535 015 · Si era una inversión

Atención al inversor de la CNMV. Si lo que te ofrecieron era invertir —criptomonedas, acciones, cualquier producto financiero—, ahí puedes comprobar si quien te lo ofreció está autorizado para hacerlo.

Ahora que lo has leído

Te llaman y en la pantalla del móvil aparece el número de tu banco. ¿Qué demuestra eso?

¿En qué momento estás tú?

Elige lo que te está pasando ahora mismo.

De dónde sale esto

Todo lo que te contamos aquí se apoya en fuentes oficiales, y te dejamos el enlace.

  • RDL 19/2018, artículo 44 prueba de la autenticación: le corresponde al banco demostrar que la operación fue autenticada (44.1), el registro del uso no basta (44.2) y probar el fraude o la negligencia grave del usuario también le corresponde a él (44.3)
  • RDL 19/2018, artículo 43 el tope para reclamar: sin demora injustificada y, en todo caso, dentro de un plazo máximo de trece meses desde la fecha del adeudo — con la excepción de que no te hubieran facilitado la información de la operación
  • RDL 19/2018, artículo 45 la devolución del importe de una operación no autorizada, a más tardar al final del día hábil siguiente
  • RDL 19/2018, artículo 46 los 50 € de tope (46.1), el cero euros si no se exigió autenticación reforzada (46.2) y el cero euros por todo lo posterior al aviso (46.3)
  • RDL 19/2018, artículo 69 los quince días hábiles que tiene el Servicio de Atención al Cliente para responderte, y el mes como tope si te dan una respuesta provisional
  • Orden ECC/2502/2012 cómo se reclama ante el servicio de reclamaciones: hay que haber acudido antes al banco (art. 7), en servicios de pago se puede acudir en cuanto vence el plazo del banco, sin esperar dos meses (esos dos meses del art. 7.2 son para quien no es consumidor ni microempresa), el informe llega en un plazo máximo de cuatro meses (art. 12.1) y no es vinculante (art. 12.6)
  • Portal del Cliente Bancario de ahí sale la frase sobre las claves que nunca te van a pedir por correo ni por SMS
  • INCIBE, spoofing telefónico cómo se falsifica el número que ves en la pantalla y por qué la regla es colgar y llamar tú al número oficial