Autónomo

Facturar 2.000€ no es ganar 2.000€. Ni de lejos.

Lo que la factura dice, lo que cobras y lo que te queda son tres cifras distintas.

Autónoma trabajando con portátil y facturas en una mesa
Cuota mínima 2026 ~206€ al mes a la Seg. Social
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Tres cifras conviven
en una misma factura.

✓ El IVA que sumas a la factura no es tuyo en ningún momento. Lo cobras tú, sí, pero lo estás guardando para Hacienda: cada tres meses se lo entregas. Así que si miras el saldo del banco y te viene arriba, acuérdate de que una parte de ese dinero está solo de paso. (El papel donde se hace esa entrega se llama modelo 303, y lo vemos más abajo.)
✓ El IRPF retenido por tu cliente (habitualmente un 15%, o un 7% en el año en que empiezas la actividad profesional y en los dos siguientes) sale de tu factura y se ingresa en Hacienda a cuenta de tu IRPF anual.
✓ La cuota de autónomos se paga aparte cada mes a la Seguridad Social. Desde 2023, lo que pagas depende de los rendimientos netos de tu actividad.
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La cuota ya no es fija.
Va por tramos de ingresos.

Si acabas de empezar y cumples los requisitos, los doce primeros meses pagas una cuota reducida: 88,64 € al mes según la Seguridad Social. Se llama tarifa plana.

Cuando se acaba, la cuota pasa a depender de lo que te quede limpio: lo que facturas menos lo que te gastas en trabajar. Cuanto más te queda, más pagas. Va desde unos 206 € al mes en la parte de abajo hasta unos 607 € en la de arriba, y la tabla entera la tienes aquí al lado.

✓ Rendimiento neto: facturación menos gastos deducibles. Para fijar tu tramo, la Seguridad Social parte de ahí, vuelve a sumar las cuotas que hayas pagado y aplica además una deducción por gastos genéricos, así que la cifra que decide el tramo no es exactamente la misma. Puedes ver la cuota que corresponde a cada tramo en la calculadora de cuotas de la Seguridad Social, que es pública y no pide identificarse.
✓ Base de cotización: dentro de cada tramo puedes elegir base. Una base más alta sube la cuota, pero también la prestación por cese y la pensión futura.
✓ Tarifa plana: los doce primeros meses la cuota reducida es de 80 € que, sumado el mecanismo de equidad intergeneracional, la Seguridad Social cifra en 88,64 € al mes. Puede prorrogarse otros doce si tus rendimientos no superan el salario mínimo.
✓ La cuota que pagas es una previsión. Eliges tramo con lo que calculas que vas a ganar y puedes cambiarlo hasta seis veces al año. Al año siguiente, la Seguridad Social lo compara con lo que declaraste en la renta y ajusta la diferencia: te devuelve lo que pagaste de más o te cobra lo que faltó, sin recargo si lo ingresas en plazo.
✓ No hace falta dejar la nómina para probar. Compaginar un empleo por cuenta ajena con la actividad por tu cuenta se llama pluriactividad: cotizas por los dos, y si entre ambos superas 17.323,68 € al año por contingencias comunes, la Seguridad Social te devuelve de oficio parte de lo cotizado de más. No hay que pedirlo, sí hay que esperar: el plazo máximo es de cuatro meses desde la regularización.

Las cifras oficiales y actualizadas las publica la Seguridad Social en su guía del trabajo autónomo.

Cuota mínima 2026 — según tu rendimiento neto al mes
Tarifa plana primer año
88,64 €
Hasta 670 €
desde 206 €
670 € – 1.166 €
desde 226 €
1.166 € – 1.700 €
desde 300 €
1.700 € – 2.330 €
desde 360 €
2.330 € – 6.000 €
desde 427 €
Más de 6.000 €
desde 607 €

Es la cuota mínima de cada tramo: dentro del tramo puedes elegir una base más alta y entonces pagas más. La tabla de 2026 es la de 2025, prorrogada hasta que se apruebe la Ley de Presupuestos. Tu cifra exacta, en la calculadora de cuotas de la Seguridad Social.

Servicio profesional
Base imponible1.000,00 €
+ IVA (21%)+210,00 €
Total factura1.210,00 €
− IRPF retenido (15%)−150,00 €
Cobras en cuenta1.060,00 €
De ese cobro, IVA a entregar−210,00 €
Resto disponible (antes de cuota y gastos)850,00 €
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El calendario trimestral
no perdona.

Para la mayoría de autónomos el calendario es trimestral. Hay quien lo presenta cada mes, como los inscritos en el registro de devolución mensual. Cada trimestre la AEAT espera dos liquidaciones: el IVA que has recaudado, que es el modelo 303, y el pago a cuenta del IRPF, el modelo 130, si no te retienen los clientes. Anticipar esas fechas evita sustos.

✓ Modelo 303 (IVA): diferencia entre el IVA cobrado a clientes y el IVA soportado en gastos profesionales. Se presenta cada trimestre.
✓ Modelo 130 (IRPF): pago fraccionado del IRPF anual. Si tus clientes te retienen al menos el 70% de la facturación, puedes quedar exento.
✓ Resumen anual: la declaración de la renta en mayo-junio del año siguiente, donde se ajustan los pagos a cuenta. Y, según tu régimen y tus circunstancias, puede que tengas que presentar además una declaración-resumen anual de IVA (el modelo 390): no todos los que presentan el 303 están obligados, hay supuestos de exoneración.

Los plazos y modelos exactos son competencia de la AEAT. En caso de duda, lo razonable es apoyarse en un gestor o asesor fiscal.

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Gastos deducibles:
la palanca legal del autónomo.

Un gasto deducible reduce el rendimiento neto y, con él, la base sobre la que se calcula tu IRPF y tu tramo de cuota. Para ser deducible, debe estar vinculado a la actividad y justificado con factura a tu nombre.

✓
Suministros y consumos profesionales

Hosting, software, telefonía, material fungible. Si trabajas desde casa, una parte proporcional de luz, agua, internet y comunidad puede deducirse según los criterios de la AEAT.

✓
Equipamiento y formación

Ordenador, mobiliario de oficina, cursos vinculados a tu actividad y libros profesionales. Los bienes de cierto precio se amortizan en varios años, no se deducen de golpe.

✓
Servicios externos

Honorarios de gestoría, cuotas de colegios profesionales, seguros de responsabilidad civil y servicios contratados a otros autónomos o empresas, siempre que tengan factura y guarden relación con la actividad.

La lista exacta y los porcentajes aplicables se rigen por la normativa de la AEAT. Para casos concretos (alquiler de vivienda como sede, vehículos de uso mixto, dietas) lo recomendable es contrastar con un asesor fiscal.

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¿Cuánto te queda de verdad?

Pon lo que facturas al mes sin IVA, lo que te gastas en trabajar y tu cuota. Te decimos qué te queda limpio. Sin registro, sin email.

Tu actividad

2.500 €
15%
¿Qué pongo aquí?

Mueve esto tranquilo: no cambia lo que ganas, solo lo que te entra hoy en el banco. Por eso verás que la cifra grande de arriba no se mueve. Lo que tu cliente te descuenta es un adelanto de tus impuestos, y en la declaración se hace la cuenta buena y se ajusta la diferencia.

Lo normal es un 15%. Si acabas de empezar puede ser un 7%: el año en que arrancas y los dos siguientes, si cumples los requisitos. Y hay facturas en las que no se retiene nada, por ejemplo si quien te paga es un particular y no una empresa. Tu caso, míralo con la Agencia Tributaria.

300 €
¿Qué pongo aquí?

Solo gastos vinculados a la actividad y con factura. Reducen el rendimiento neto sobre el que tributas.

400 €
¿Qué pongo aquí?

¿No sabes cuál es la tuya? Depende de tu rendimiento neto: va desde unos 206 € al mes en el tramo más bajo hasta unos 607 € en el más alto, y los doce primeros meses suelen ser 88,64 € con la tarifa plana. Tu cifra exacta te la da la calculadora de la Seguridad Social, que es pública. Aquí la mueves tú.

Cobro en cuenta (IVA incluido, IRPF descontado) —
Rendimiento neto (base para Hacienda) —

El cobro en cuenta supone el IVA general del 21%. Hay actividades exentas de IVA —la asistencia sanitaria de profesionales médicos, las clases particulares sobre materias de los planes de estudio y otras— que no lo repercuten: si es tu caso, en tu cuenta entra esa cantidad menos. Y de lo que entra, la retención del cliente es un adelanto: el impuesto de verdad es el IRPF de la fila de abajo, y la diferencia se ajusta en la declaración.

Tuyo de verdad, al mes — —
Lo que te queda al mes después de cuota, gastos e IRPF.
Facturación sin IVA —
− Cuota de autónomos —
− Gastos profesionales —
− IRPF estimado —
Tuyo de verdad —
Tuyo — Cuota — IRPF — Gastos —

¿Vienes de una nómina? La otra mitad de la decisión es cuánto te queda hoy: sácalo en la calculadora de nómina y ponlo al lado de esta cifra. No las restes al euro —cada una parte de supuestos distintos— pero la diferencia de orden de magnitud se ve enseguida.

El régimen de autónomos es competencia de la AEAT y de la Seguridad Social. Esta simulación es una aproximación divulgativa; las cifras exactas que te correspondan dependen de tu actividad, situación personal y normativa vigente. Para casos concretos, conviene apoyarse en un gestor o asesor fiscal.

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De dónde sale esto

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