El dinero genera muchas
discusiones en pareja.
Hablarlo antes evita muchas.
Modelos de reparto, gastos comunes y decisiones grandes — antes de firmar, abrir cuenta o mudaros juntos.
Os casáis sin firmar nada ante notario. ¿Qué régimen se aplica?
Cuatro preguntas antes
de mezclar cuentas.
Dos formas de repartir.
Y una de organizarlo.
Ninguna es mejor que la otra en abstracto. Depende de cuánta diferencia haya entre los sueldos, de la autonomía que cada uno quiera mantener y de lo que queráis conseguir juntos.
El régimen por defecto varía según la vecindad civil. Si vivís en una comunidad con régimen propio o procedéis de territorios distintos, conviene confirmarlo con un notario antes de casaros.
Antes de firmar nada
conjunto: el régimen importa.
El régimen económico matrimonial determina cómo se reparten ingresos, deudas y patrimonio durante el matrimonio y en caso de disolución. Tiene consecuencias jurídicas reales y muy distintas según el régimen aplicable.
Vuestro reparto, con números.
Sueldos netos y gastos comunes. Te mostramos cuánto pondría cada uno en cada modelo. Sin registro, sin email.
Vuestros números
Alquiler o hipoteca, suministros, compra del hogar, transporte compartido. Sin gastos personales.
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Las decisiones grandes
se documentan.
Si firmáis una hipoteca conjunta, la escritura suele establecer que ambos respondáis solidariamente de toda la deuda, no cada uno de su mitad — aunque la aportación al pago sea desigual. Míralo en vuestra escritura: es de las cláusulas que más conviene leer antes de firmar. Conviene reflejar en escritura qué porcentaje de propiedad corresponde a cada uno y, si la entrada es asimétrica, dejarlo documentado ante notario.
Una cuenta a nombre de ambos implica disposición indistinta del saldo: cualquiera puede retirar el total. Si uno aporta más, conviene hablarlo antes y, en su caso, mantener una cuenta personal en paralelo. La titularidad bancaria no determina, por sí sola, la propiedad del dinero.
Las parejas de hecho no tienen un régimen económico equivalente al matrimonial. Cada comunidad autónoma regula de forma distinta los derechos sucesorios, alimentos o reparto en caso de ruptura. Si vais a adquirir bienes o asumir deudas en común, conviene un pacto de convivencia por escrito.
Os casáis sin firmar nada ante notario. ¿Qué régimen se aplica?
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De dónde sale esto
Todo lo que te contamos aquí se apoya en fuentes oficiales, y te dejamos el enlace.
- Compendio de Buenas Prácticas Bancarias capítulo 2: cuentas conjuntas, quién responde de qué
- Plan de Educación Financiera iniciativa de la CNMV, el Banco de España y el Ministerio de Economía, que tomamos como referencia