Fiscal

No es tan difícil
como parece.
Y puede que te devuelvan dinero.

Cuándo estás obligado, qué deducciones suelen olvidarse y dónde te sueles equivocar. Sin tecnicismos de gestoría.

Documentos de la declaración de la renta sobre una mesa
Umbral 1 pagador 22.000 € obligado a declarar
01

Lo primero:
¿estás obligado a declarar?

Un solo pagador: si ganas más de 22.000 € brutos al año, estás obligado. Por debajo, no — aunque puede compensar hacerla si te sale a devolver.
Varios pagadores: si el segundo y siguientes suman más de 1.500 € y el total supera 15.876 €, también. Cambiar de trabajo a mitad de año suele activar este supuesto.
Autónomos: siempre obligados, sin umbral. Y en la mayoría de los casos conviene presentarla.
Otros ingresos: alquileres, premios o ganancias patrimoniales por encima de determinados umbrales. Conviene revisar caso a caso en la sede electrónica de la AEAT.

Si no estás obligado pero podría salir a devolver, normalmente compensa presentarla igualmente.

02

Pagas a cuenta todo el año.
En abril se ajusta.

Durante el ejercicio, tu empresa retiene un porcentaje de tu nómina en concepto de IRPF y lo ingresa en Hacienda en tu nombre. La declaración compara lo que realmente te tocaba pagar con lo que ya se adelantó. Si retuvieron de más, te devuelven; si fue de menos, completas.

Cuota íntegra: lo que realmente correspondía pagar, calculado sobre los tramos progresivos del IRPF.
Retenciones del año: la suma de IRPF que tu empresa ya ingresó cada mes. Aparece en la última nómina o en el certificado de retenciones de enero.
Cuota diferencial: íntegra menos retenciones. Negativa, devolución; positiva, ingreso.
Bruto 24.000 €
Cuota íntegra estimada3.600,00 €
Retenciones de la empresa4.080,00 €
Te devuelven480,00 €
Deducciones frecuentes
Alquiler vivienda (jóvenes <35)
CCAA
Maternidad / guardería
1.200 €
Planes de pensiones
Base
Donaciones a ONG
80%
Sindicatos y colegios profesionales
Gasto

Las deducciones autonómicas varían por comunidad. Consulta las de la tuya en la sede electrónica de la AEAT antes de presentar.

03

Deducciones que olvidas
casi todos los años.

Hacienda no avisa cuando tienes derecho a aplicar una deducción: incluye en el borrador lo que le consta automáticamente, no lo que depende de tu situación particular. Estas son las que con más frecuencia se quedan sin marcar.

Alquiler vivienda (jóvenes menores de 35). Varias comunidades autónomas mantienen una deducción específica con condiciones propias.
Maternidad y guardería. Hasta 1.200 € anuales por hijo menor de 3 años si la madre trabaja, más gastos de guardería autorizada.
Aportaciones a planes de pensiones, donaciones a ONG y cuotas a sindicatos o colegios profesionales reducen la base imponible o aplican deducción específica.
04

¿Te sale a pagar o a devolver?

Mete tu bruto anual y la cantidad total de IRPF retenido durante el año. Estimación orientativa: solo tramos estatales, sin deducciones autonómicas. Sin registro, sin email.

Tus datos

24.000 €
4.080 €

Suma lo que pone "IRPF" en todas las nóminas del año, o consulta el certificado de retenciones que entrega la empresa en enero.

Cuota íntegra estimada
Tipo efectivo (sobre bruto)
Resultado estimado Estimación orientativa.
Lo que tocaba pagar
Lo que ya pagaste (retenciones)
Cuota diferencial

Esta simulación no sustituye al borrador oficial de la AEAT. Incluye únicamente los tramos estatales aproximados y un mínimo personal y familiar básico. Cada comunidad autónoma aplica además su tramo y sus deducciones propias.

05

Donde más gente se equivoca.
Y cómo evitarlo.

Confirmar el borrador sin revisarlo

El borrador es un punto de partida, no la verdad definitiva. Hacienda solo incluye automáticamente lo que le consta: pueden faltar deducciones autonómicas, alquiler o donaciones. Conviene revisarlo siempre antes de confirmar.

No prever el efecto de varios pagadores

Si cambiaste de empresa durante el año, el segundo pagador retiene poco porque desconoce el total. El resultado habitual es que la declaración sale a pagar más de lo previsto. No es una sanción, pero conviene anticiparlo.

Presentar fuera de plazo

La campaña suele extenderse de abril a junio. Presentar fuera de plazo con resultado a ingresar genera recargo —entre el 5 % y el 20 %— más intereses de demora. Si el resultado es a devolver, sigues sin cobrar hasta presentarla.

No pedir ayuda en casos complejos

El servicio "Renta Web" de la AEAT es gratuito. Si tu caso es complejo —alquileres, inversiones, actividad como autónomo—, recurrir a un gestor o asesor fiscal puede ahorrarte tiempo y errores.

¿En qué momento estás tú?

Elige lo que te está pasando ahora mismo.